Llega abril y vuelve la presentación de la Renta. Comienza la campaña de la Renta 2018-19 que este año arranca el día 2 de abril y se extenderá hasta el día 1 julio, aunque debemos tener en cuenta el esquema de las fechas a tener en cuenta:
Fechas clave en la declaración de la Renta
15 de marzo. Consulta de datos fiscales y obtención del número de referencia en la web de la AT.
1 de abril. Solicitud de cita previa para atención telefónica, Plan «Le llamamos».
2 de abril. Arranca la campaña de la Renta para su presentación por Internet.
9 de mayo. Solicitud de cita previa para atención en las oficinas de la AT.
14 de mayo. Comienza el plazo para la presentación presencial de la declaración tanto en las oficinas de la agencia tributaria como en las comunidades autónomas y las entidades colaboradoras.
26 de junio. Aquí finaliza el plazo para presentar las declaraciones con resultado a ingresar con domiciliación en cuenta.
28 de junio. Último día para pedir cita previa.
1 de julio. Finaliza la campaña de la Renta.
Novedades en la declaración de la renta
Durante esta campaña caben destacar varias novedades, que han tenido bastante repercusión puesto que se trata de novedades enfocada al ámbito mas social y que además habrá mucha gente que se pueda aplicar, entre las cuales podemos encontrar las que comentamos a continuación;
- La nueva deducción por gastos de guardería a nivel estatal, esta deducción se suma a la ya existente por madre trabajadora, con lo cual a los 1200 euros que ya se venían percibiendo por madre trabajadora se pueden aumentar hasta en 1000 euros mas al año por gastos de guardería o lo que es lo mismo 83.33 euros al mes, puesto que esta deducción se aplicara en los meses en los que se haya tenido al niño matriculado en la guardería y podremos aplicarla siempre que previamente la guardería o escuela infantil haya presentado la declaración informativa ( modelo 233) declarando los pagos efectuados y los meses en los que el niño o la niña ha acudido al centro
- Siguiendo con el tema de la maternidad, este año como novedad veremos que las prestaciones de maternidad y paternidad percibidas durante el año 2018 estarán exentos del pago de la renta
- Otra novedad a destacar en esta campaña seria el aumento del mínimo para no declarar por tener dos pagadores,
- También cabe destacar el incremento de la deducción por familia numerosa y persona con discapacidad a cargo; en este caso se vera aumentado el importe de la deducción hasta 600 euros anuales por cada hijo que exceda el número mínimo de hijos exigido para que poder adquirir este derecho a la deducción y en el caso de personas con discapacidad se incluye al cónyuge cuando éste sea una persona con discapacidad y dependa del declarante
Pero estas novedades no serian las únicas puesto que también podremos encontrar un aumento de los límites exentos para el gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías, así como el incremento de la deducción por inversión de empresas de nueva creación o el aumento de la deducción de rentas obtenidas en Ceuta y Melilla
Y otro año mas como siempre recomendamos contactar con un asesor, una persona que podrá aconsejarte y guiarte acerca de tu declaración puesto que siempre estará al día de las novedades y te ayudara a presentar la declaración con las mejores opciones, puesto que a parte de sus conocimientos legales cuentan con las herramientas adecuadas para presentar tu declaración sin errores y en los plazos establecidos, ya que estas herramientas cuentan con la posibilidad de descargar los datos de hacienda y cuentan con un histórico para tener en cuenta lo que se presento el año anterior y asi olvidarnos de los quebraderos de cabeza que para mas de uno puede ser esta declaración que tenemos que presentar cada año.