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La lucha contra el fraude fiscal es una preocupación constante en muchos países del mundo y España no es la excepción. En este contexto, la Ley 11/2021 de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, también conocida como Ley Antifraude, ha generado un gran interés entre los especialistas en tecnología debido a la importancia que se le da a la digitalización y la tecnología en la lucha contra el fraude fiscal. 

En este artículo, exploramos el papel que juega la tecnología en la Ley Antifraude, así como sus objetivos, prohibiciones y requisitos. 

La Ley Antifraude en España 

La Ley Antifraude es una iniciativa del Gobierno español que busca fortalecer la lucha contra el fraude fiscal y mejorar la eficacia de la Administración Tributaria en la prevención, detección y sanción de conductas ilícitas en el ámbito fiscal. La ley entró en vigor el 11 de octubre de 2021 y aborda una amplia variedad de temas, como la lucha contra el fraude internacional, el control de las criptomonedas y la regulación de los intermediarios fiscales. 

La tecnología y la digitalización en la lucha contra el fraude fiscal 

Uno de los aspectos más destacados de la Ley Antifraude es la importancia que se le da a la digitalización y la tecnología en la lucha contra el fraude fiscal. La ley reconoce la necesidad de adaptarse a un entorno cada vez más digitalizado y establece medidas para prevenir el uso de herramientas tecnológicas para cometer fraudes fiscales. 

Entre las medidas establecidas en la ley, se encuentran la obligación, la prohibición del software de doble uso. En este caso, esta ley pretende perseguir las prácticas de fraude fiscal mediante la lucha contra los software de doble uso. Llegando a multas de hasta 50.000 € para todos aquellos que los utilicen. 

La Ley Antifraude ha puesto especial foco en los programas de gestión que incurren en fraude al permitir que se pueda llevar una contabilidad B o la falta de registros de las operaciones realizadas. Con ello se pretende combatir lo que se conoce como “software de doble uso” o programas informáticos que permitan a los usuarios poder facturar sin declarar. 

Objetivos de la Ley Antifraude 

La Ley Antifraude establece una serie de objetivos específicos que buscan mejorar la eficacia de la Administración Tributaria en la lucha contra el fraude fiscal. Estos objetivos incluyen: 

  • Mejorar la prevención y detección de fraudes fiscales a través de medidas tecnológicas y de digitalización. 
  • Fortalecer la cooperación en la lucha contra el fraude fiscal. 
  • Establecer medidas para garantizar la transparencia y que la información sea inalterable. 
  • Reforzar los procedimientos de investigación y sanción de las conductas ilícitas en el ámbito fiscal. 

Prohibición del software de doble uso 

¿Qué es un software de doble uso? Un software de doble uso es todo aquel que permite: 

  • Llevar contabilidades diferentes. 
  • No reflejar total o parcialmente la anotación de las transacciones ejecutadas. 
  • Registrar transacciones distintas a las anotaciones que hayan sido realizadas. 
  • Alterar transacciones ya registradas incumpliendo la normativa aplicable.

La Ley Antifraude establece la prohibición del software de doble uso, es decir, aquel software o dispositivo que pueda ser utilizado para ocultar o alterar datos o que pueda impedir la acción de la Administración Tributaria.  

Esta medida busca evitar que se utilicen herramientas tecnológicas para cometer fraudes fiscales y garantizar la transparencia y la integridad de los procesos fiscales y de la gestión contable y financiera. Cualquier autónomo o empresa que no cumpla con la Ley 11/2201 contra el fraude fiscal podrá ser sancionado, existiendo dos tipos de sanciones. 

  • Una sanción dirigida a los fabricantes de “software de doble uso”. Las empresas que fabriquen, produzcan y comercialicen software de doble uso que permita la manipulación de la contabilidad, podrán ser sancionadas con multas de hasta 150.000 euros. 
  • Otra sanción para los usuarios de este tipo de software, como asesorías y despachos profesionales. Los usuarios de este tipo de software podrán ser sancionados con multas de hasta 50.000 euros. 

Requisitos del software para cumplir la Ley Antifraude 

Para cumplir con los requisitos de la Ley Antifraude, el software de gestión debe cumplir con ciertas características y funcionalidades específicas.

Entre ellas, se encuentran: requisitos_software

  • Integridad: Deberán poder registrar toda la información contable necesaria para emitir correctamente las facturas y el resto de documentos comerciales. Al mismo tiempo, deberán permitir crear, consultar, descargar y enviar todos los documentos comerciales, cumpliendo con todos los requisitos para garantizar la autenticidad e integridad del origen de estos, sin que pueda modificarse su contenido por terceros. 
  • Conservación: La información tiene que ser conservada por el software y permanecer en el sistema, no siendo posible su eliminación. 
  • Accesibilidad: La información debe estar en todo momento accesible para todos los usuarios que tengan permisos. Usando roles específicos que garanticen que cada uno solo puede acceder a la información autorizada en cumplimiento del RGPD.
  • Legibilidad: Todo programa de gestión deberá cumplir con los formatos estándar para la legibilidad de la información, pudiendo ser almacenada, exportada, etc. 
  • Trazabilidad: Permitirá conocer el seguimiento de todos los procesos de venta y de compra, registrando a cada usuario que produzca cada documento. Incluido la fecha y la hora en que esto se llevó a cabo, así como toda la gestión documental relacionada. 
  • Inalterabilidad de los registros: Sin omisiones o alteraciones de las que no quede la debida anotación en los sistemas. Se debe llevar un registro de todas las modificaciones realizadas sobre cualquier documento, incluidos la fecha, el usuario y la IP desde la que se realizó la modificación. También se deberá almacenar una copia exacta de todas las versiones anteriores del documento. Incluso en el caso de los elementos eliminados. 

 

Plazos de adaptación del software a la ‘Ley antifraude’ 

A principios de diciembre de 2023 se aprobó el reglamento de la “Ley antifraude”, que expone cómo debe ser el software de facturación que las empresas españolas estarán obligadas a implantar para cumplir con esta norma.  

 Los usuarios/clientes de dicho software deberán estar totalmente adaptados al reglamento a partir del 1 de julio de 2025.  

Por otro lado, los desarrolladores de software contarán con un plazo de nueve meses a partir de la publicación de la orden ministerial en el BOE para adaptar sus programas a la nueva normativa.  En este documento, que se prevee que esté publicado en esta primera parte del 2024, se concretarán las especificaciones técnicas y funcionales que deben cumplir.  

Soluciones de gestión Adaptadas Verifactu

Por lo tanto, para finales de 2024 o principios de 2025, los fabricantes de software deberán tener sus programas a punto. 

El sistema VeriFactu es una de las novedades de la ‘Ley antifraude’ 

El reglamento del pasado mes de diciembre se le ha atribuido coloquialmente el nombre de “reglamento VeriFactu”, por la prescripción que hace de este sistema de envío. 

Los registros deben enviarse de manera inmediata y automatizada a la agencia tributaria. Si no fuera así, existe la obligación de guardarlos para ponerlos a disposición de la Agencia Tributaria cuando sean requeridos. Por eso, el software de facturación debe permitir el envío automático de cada registro de facturación a Hacienda. 

Para este fin, la “Ley antifraude” y la propia Agencia Tributaria promueven el sistema VeriFactu, que valida las facturas utilizando tecnología blockchain y las identifica como verificadas por este sistema.  

Sin embargo, hay que tener en cuenta que VeriFactu no se aplicará en los territorios forales ni en empresas que ya estén acogidas al SII (Sistema Inmediato de Información). 

Por último, añadir, que es momento de olvidarse de las hojas de Excel para llevar a cabo la gestión contable de la empresa, pues se estaría incumpliendo los principios de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros contemplados en la ley. 

¿Tengo que hacer algo como cliente? 

 Lo cierto es que las empresas no tendrán mucho trabajo de adaptación a la “Ley antifraude”, por lo menos en cuanto a lo que se refiere a sus procesos de facturación.  

Serán los proveedores del software de facturación los que tendrán que adaptar sus programas  y acreditar esos cambios. Por lo tanto, toda la complejidad es para los proveedores de software, y no para sus clientes. (Ver guía: integración del sistema Verifactu en los ERP) 

Con la “Ley antifraude” solo cambian algunos procesos administrativos para las empresas. Por ejemplo, en cuanto a hacer el reporte de una factura a Hacienda, se adelantará al momento en que se crea la factura, y luego no se podrán hacer modificaciones de esta, sino que se deberá emitir una rectificativa. Y, por otro lado, las empresas deberán llevar un control más exhaustivo de cobros y pagos, algo que en muchas pymes se suele descuidar.  

Diferencias entre la “Ley antifraude” y la Ley Crea y Crece, que promueve la factura electrónica 

Conviene no confundirlas, aunque es cierto que ambas han coincidido en el tiempo e implican cambios en los procesos de gestión de las empresas. 

Sobre el papel, la normativa antifraude fomenta la transparencia en la contabilidad y la gestión fiscal, mientras que la Ley Crea y Crece promueve la eficiencia y modernización en la creación y gestión de empresas. 

La realidad es que, mientras que la Ley Crea y Crece pretende reducir la morosidad a través del uso obligatorio de la factura electrónica, la Ley antifraude persigue promover el control fiscal combatiendo el uso de los softwares que permiten a los usuarios llevar una contabilidad B. 

En esencia, son dos normativas que obligarán a las empresas a hacer cambios en sus herramientas de gestión y facturación.  

Pero la gran diferencia está en sus plazos de implantación. La factura electrónica obligatoria que promueve la Ley Crea y Crece aún espera un reglamento para marcar plazos de implantación ,de uno o dos años, dependiendo del nivel de negocio de la compañía. Por lo tanto, todo indica que no será al menos hasta 2026 o 2027 cuando las empresas definitivamente tendrán que operar con este formato. 

Sin embargo, los cambios en el software de gestión que impone la “Ley antifraude” están a la vuelta de la esquina, ya que a principios de diciembre de 2023 fue aprobado el reglamento que especifica las características que deberán tener estos softwares para evitar dobles contabilidades y acabar con la economía sumergida.

Por lo tanto, ya se sabe que las empresas tendrán que empezar a operar con un software válido a partir del verano de 2025, y que a finales de 2024 los proveedores de software deberán tener susprogramas totalmente alineados con la norma. Y garantizar, de esta manera, la generación de facturas y anotaciones que puedan ser remitidas a la Agencia Tributaria a través del sistema VeriFactu, impulsado por este organismo precisamente para luchar contra el fraude fiscal. 

Por último, conviene recordar que VeriFactu excluye a los territorios forales, Canarias, Ceuta y Melilla. Y tampoco se aplica a las empresas que ya estén acogidas al Suministro Inmediato de Información (SII). 

En conclusión, la Ley Antifraude establece un marco regulatorio que busca fortalecer la lucha contra el fraude fiscal a través de la digitalización y la tecnología. 

Gracias a la digitalización y las tecnologías, la Administración Tributaria puede disponer de una información transparente, fiel y honesta, además, en tiempo real de todos los usuarios. 

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