Casi un año después de la puesta en marcha del nuevo sistema de Suministro de Información Inmediata la AEAT nos prepara un paquete de novedades que entrarán en vigor a partir del próximo 1 de Julio de 2018 con su nueva versión SII 1.1.
¿Qué empresas están obligadas a presentar el SII?
- Las empresas con facturación anual mayor de 6 millones de euros.
- Las empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual de IVA (REDEME).
- Las PYMES y los autónomos que tributes en el régimen especial de grupos de IVA.
- Aquellos que voluntariamente lo deseen.
Las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información enviaran el detalle de las facturas emitidas y recibidas a través de la sede electrónica de la AEAT y eso implica la llevanza de los siguientes libros registros en formato electrónico:
- Libro Registro Facturas Expedidas.
- Libro Registro Facturas Recibidas.
- Libro Registro Bienes de Inversión.
- Libro Registro de Operaciones Intracomunitarias.
- Libro Registro Importes en Metálico.
- Libro Registro Operaciones de Seguro.
¿Cuál son las principales modificaciones en los registros del SII?
- Se introduce un nuevo campo identificativo (nombre- razón social y NIF asociado a la entidad sucedida), para los registros de facturación realizados por una entidad, en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración Societaria.
- Indicación del periodo de liquidación trimestral o mensual del modelo 303. A partir de ahora, según el periodo de liquidación de la empresa, en la factura deberá consignarse la información del periodo si es mensual, o bien trimestral.
- Nueva clave de identificación para la liquidación complementaria Aduana IVA a la importación – Clave LC en el Registro de Facturas Recibidas.
- Se incluye una nueva clave – domiciliación bancaria – de medio de cobro/pago de las operaciones acogidas o afectadas por el régimen especial de criterio de caja del IVA.
- Se crean dos marcas específicas para las facturas simplificadas -cualificadas (F2) en las que se consignan los datos del destinatario de acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 7 del RD 1619/2012 y para facturas completas (F1) en cual no es obligatorio identificar el destinatario según el artículo 6.1 d) del RD 1619/2012 tanto para las facturas emitidas como para las recibidas.
- Se introduce un identificador que especifica las facturas emitidas/recibidas, con importe superior a 100.000.000 euros (L29).
- Se crear un identificador para las facturas con dificultades de enviarse en plazo (L28) por no tener constancia de cambio de condición a gran empresa o de la inclusión en el REDEME.
- Se crear un campo adicional de contenido libre denominado referencia externa para añadir la información interna del titular del libro asociada al registro de la factura.
- Se renombran algunos campos de registro (por ejemplo, PeriodoImpositivo se renombra con PeriodoLiquidación).
- Se crea una nueva marca para las facturas expedidas por terceros. Además, el plazo para la presentación de esas facturas es de 8 días laborables.
- Los sujetos pasivos que queden obligados a llevar los libros registros de IVA a través del SII en el curso del ejercicio, están obligados a presentar todos los registros de facturación desde el principio de ejercicio. Se modificó la clave Primer Semestre 2017 con Primer semestre 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión. El plazo es hasta el final de ejercicio.
La nueva versión SII 1.1 convivirá con la versión 1.0 hasta el 20 de Julio de 2018.
Todas las adaptaciones a la última versión SII 1.1 ya están disponibles en nuestra aplicación de ClaveiCon desde el mes de junio de 2018.